Edicto. Por disposición del Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 11º Turno de Capital, en los Autos caratulados “FILAR S.A. c/ Collazzi Ferrari, José Mario y otro, IUE 23-323/2002, Juicio Ejecutivo”, cometido al Juzgado Letrado de Pando, se rematará por intermedio del Martillero Luis Zammarelli Matr 4327 RUC 110096770019, el día 4 de mayo de 2007 a las 15 horas, en calle Meneses 803 de Pando, al mejor postor, en dólares americanos y con la base de las 2/3 partes de su tasación, los vehículos que se detallan: 1) Semiremolque furgón, marca Antonini, año 1996, Padrón Nº 7179 del departamento de Colonia, Matrícula LD 3349, chasis 9ANN13020TM003659. Base: U$S 4.000.00 (Dólares americanos cuatro mil); 2) Semiremolque furgón, marca Antonini, Padrón Nº 6942 del departamento de Colonia, Matrícula LD 3052, chasis 9ANF13020RM002461. Base: U$S 4.000.00 (Dólares americanos cuatro mil). 3) Vehículo tipo camión tractor marca Internacional, modelo 4700, año 1993, Padrón Nº 6682 del departamento de Colonia, Matrícula LD 2584, motor 362GM2U-112428, diesel, chasis IHTSCNMR6NY244205. Base: U$S 5.666,66 (Dólares americanos cinco mil seiscientos sesenta y seis con sesenta y seis centavos). Se previene: 1) Que el mejor postor deberá consignar el 30 % de su oferta al contado, en efectivo o cheque certificado en el momento de serle aceptada. 2) Que el comprador abonará el 15,61 % de comisión del rematador e impuestos, en el acto y en efectivo sobre el precio de remate. 3) Que será de cargo del expediente la comisión de venta del rematador e impuestos, o sea el 3,68 % del precio de remate. 4) Que los bienes se rematan en las condiciones que surge del expediente, de la documentación agregada, de los certificados registrales, y en el estado material en que se encuentran. 5) Que se desconoce la situación tributaria y contributiva de los vehículos, así como la situación ante el BPS. 6) Que será de cargo del comprador el retiro del bien subastado. 7) Que se desconoce si existe deuda por concepto de patente, multas o recargos, de existir será de cargo del mejor postor, a quien se le exonerará del pago respecto al período en que los bienes a rematarse estuvieron secuestrados. 8) Que los antecedentes de los bienes a subastarse se encuentran a disposición de los interesados en la Oficina Actuaria de la Sede Judicial, siendo las demás averiguaciones por su exclusivo cargo.
Montevideo, de abril de 2007.